No constituye novedad y se reitera como una de las materias fundamentales en la Asesoría ejercicio tras ejercicio, en especial lo referente a contenido y plazo de las mismas.
Se reitera la obligación legal de tenencia de Hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores, en especial en actividades con atención directa al público, recordando la necesidad de emplear el nuevo modelo existente, haciendo notar que el mismo incluye la opción de sumisión voluntaria a arbitraje.
Como en otros ejercicios, por el Consejo Aragonés de Consumo, y dada nuestra condición de vocales – a través de CEPYME – en tal institución, se ha informado de las campañas de inspección en materia de Consumo han promovido, tanto en ámbito nacional como autonómico, las autoridades de consumo, habiéndose prestado colaboración en labores de difusión de las mismas por medio de notificación al efecto (circulares) a los Asociados.
Se destacan – por habituales – las campañas generales de rebajas, precios, contratación, etc. Así como las sectoriales (talleres, centros de estética, servicios financieros, etc). Ha sido la actividad de centros dentales (I Dental, etc) la que ha centrado gran parte de los esfuerzos y medios de la Dirección General de Consumo en fechas recientes.
Al igual que indicábamos en la Memoria del pasado ejercicio, siguen realizándose intervenciones ante el Tribunal Arbitral de Consumo, como vocal / componente en representación de las organizaciones empresariales. La intervención ha descendido respecto a otros años dada la realización de convenios directos de las Asociaciones con el organismo de Consumo y que se traduce en la posibilidad de designación de árbitros por las mismas, haciendo menos necesaria la intervención de la Federación. Es esta sede los temas fundamentalmente dilucidados y que afectan con frecuencia a asociados, se refieren a las siguientes materias (por orden de incidencia):
Se promueve el empleo de fórmulas contractuales de sumisión al arbitraje para la resolución de conflictos de interpretación y/o aplicación de las relaciones comerciales, habiéndose comprobado igualmente no solo un incremento del número de asuntos, sino también de la entidad económica y jurídica de los mismos.
Se ha continuado en la línea de fomentar la participación directa de las Asociaciones en la labor arbitral, mediante la suscripción de nuevos convenios de adhesión a las fórmulas de arbitraje con designación simultánea de árbitros por las propias asociaciones. El proceso – con entrega de distintivos al efecto y campaña pública por las autoridades de consumo – se mantiene al igual que en ejercicios anteriores.
Como datos estadísticos, y tal y como se hace constar en la información institucional de Consumo, el porcentaje de laudos favorables a los empresarios se sigue situando en una cifra media cercana (ligeramente inferior) al 50% de los emitidos, y de los mismos sigue desprendiéndose normalmente la necesidad de recordar a los Asociados la necesidad de cumplir con la correcta y adecuada documentación de las relaciones comerciales con los consumidores (contratos, presupuestos, etc.).
Como aspecto negativo, se encuentra la sensación, extendida en algunos sectores empresariales, de que las facilidad y gratuidad de los servicios de arbitraje de consumo pudiera promover en ocasiones la querulancia y uso abusivo de los mismos por los consumidores como fórmula de obtención de ventajas o beneficios en detrimento del empresario. Desde la Asesoría, se atienden y controlan los posibles casos.