CIVIL MERCANTIL

ACTUACIONES

Al igual que en anteriores ejercicios, y en cumplimiento del contenido y compromisos de la Carta de Servicios, la Asesoría Jurídica ha venido desarrollando en el año 2019 y para la Confederación las funciones habituales de información, asistencia y asesoramiento en las áreas que le son propias, a solicitud de las empresas asociadas y sus componentes, bien de forma individual o colectiva.

 

En concreto, se han seguido realizado las siguientes prestaciones de servicios:

 

  • Información legislativa, con notificación de las novedades normativas con trascendencia en áreas civil, mercantil, fiscal y administrativa, tanto en el ámbito interno de CEPYME como a sus asociados.
  • Emisión de dictámenes e informes, sobre novedades legislativas o materias de interés para los asociados, en especial mediante el uso de las noticias publicadas la página web de la Confederación.
  • Formulación de observaciones y alegaciones ante la Administración en relación a proyectos normativos.
  • Participación, como componentes, en Tribunales autonómicos y locales de consumo, mediación y arbitraje.
  • Participación, como componentes, en Organismos del Gobierno de Aragón (Comisión de Precios, Consejo del Consumo, Junta Consultiva de Contratación Administrativa, Foro de la contratación, etc.)
  • Asistencia y participación en convocatorias, foros y reuniones públicas convocadas por la Administración (consumo, etc.)
  • Asesoramiento en materia contractual:
    • Información y asesoramiento en relaciones mercantiles de todo tipo.
    • Redacción de contratos y convenios.
    • Constitución, modificación y disolución de entidades y sociedades mercantiles
  • Información y asesoramiento en aspectos jurídicos relevantes para la puesta en marcha, alta y legalización de actividades empresariales.
  • Formulación e impugnación de recursos y sanciones administrativas.
  • Resolución, por vía transaccional o judicial, de reclamaciones de cantidad, aplicación o interpretación contractual o reclamación en materia de garantías o de consumo.
  • Información sobre gestiones de índole personal, como herencias, capitulaciones matrimoniales, etc.
  • Consultas verbales, telefónicas, por correo electrónico y presenciales.

MATERIAS DESTACADAS

Como todos los ejercicios, y con motivo de elaboración de la presente memoria, destacamos las materias que han supuesto una mayor incidencia en número de consultas o intervenciones para esta Asesoría:

Reclamaciones de cantidad por impago

Sigue disminuyendo la solicitud de información y modelos para el planteamiento del procedimiento judicial Monitorio de reclamación de cantidad, si bien es consulta habitual en la Asesoría.

 

Como se destaca todos los años, la actuación en este ámbito de reclamaciones es doble: buscar solución al puntual incumplimiento contractual por parte del acreedor, así como animar a las distintas Asociaciones y sus componentes a adoptar hábitos y protocolos de actuación que favorezcan el cobro de tales cantidades y el cumplimiento de las obligaciones contractuales en general (redacción de contratos y presupuestos, justificación documental de las intervenciones o actuaciones con los clientes, etc.) y es que, pese a la insistencia en tal tema, sigue siendo frecuente el comprobar que, ante situaciones de morosidad o impago, no se posee más documentación acreditativa de la obra o servicio realizados que las facturas emitidas por el asociado, con la problemática que implica tal falta de prueba en reclamaciones judiciales o extrajudiciales.

 

El porcentaje de éxito de acuerdos y transacciones extrajudiciales en reclamación de cantidad es, lamentablemente escaso, por lo que se han promocionado entre los asociados formulas lo menos gravosas posibles para la reclamación judicial de deudas. (Arbitrajes, Monitorios, etc)

 

Las renegociaciones de créditos y documentación (reconocimientos) de deudas siguen siendo, como consecuencia de lo anteriormente expuesto, una materia de consulta habitual en la Asesoría.

Acceso a préstamos y líneas de financiación

A diferencia de otros ejercicios, no se ha trasladado (salvo en la fase final del año) situaciones de especial incidencia. Al final del ejercicio se ha planteado consultas por casos de conversión de las líneas de crédito – a la hora de su renovación –  en préstamos personales con exigencia de gran número de garantías o afianzamientos personales.

Garantías del consumidor / compraventa de bienes al consumo

No constituye novedad y se reitera como una de las materias fundamentales en la Asesoría ejercicio tras ejercicio, en especial lo referente a contenido y plazo de las mismas.

 

Se reitera la obligación legal de tenencia de Hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores, en especial en actividades con atención directa al público, recordando la necesidad de emplear el nuevo modelo existente, haciendo notar que el mismo incluye la opción de sumisión voluntaria a arbitraje.

 

Como en otros ejercicios, por el Consejo Aragonés de Consumo, y dada nuestra condición de vocales en tal institución, se ha informado de las campañas de inspección en materia de Consumo han promovido, tanto en ámbito nacional como autonómico, las autoridades de consumo, habiéndose prestado colaboración en labores de difusión de las mismas por medio de notificación al efecto (circulares) a los Asociados.

 

Se destacan – por habituales – las campañas generales de rebajas, precios, contratación, etc. Así como las sectoriales (talleres, centros de estética, servicios financieros, etc). Las ventas por internet y el comercio electrónico en general numerosas intervenciones de las autoridades de consumo (devoluciones, etc)

 

Sin novedad, y al igual que indicábamos en la Memoria del pasado ejercicio, siguen realizándose intervenciones ante el Tribunal Arbitral de Consumo, como vocal / componente en representación de las organizaciones empresariales. La intervención ha descendido respecto a otros años dada la realización de convenios directos de las Asociaciones con el organismo de Consumo y que se traduce en la posibilidad de designación de árbitros por las mismas, haciendo menos necesaria la intervención de la Confederación. Es esta sede los temas fundamentalmente dilucidados y que afectan con frecuencia a asociados, se refieren a las siguientes materias (por orden de incidencia):

      • Telefonía
      • Servicios de suministro eléctrico: facturación y contratación.
      • Garantías de ventas de bienes al consumo: especialmente electrodomésticos y ropa y vestidos.
      • Reparaciones: electrodomésticos, aparatos de telefonía y eléctricos en general, así como talleres de automóvil
      • Obras y servicios y reparaciones a domicilio: fontanería, electricidad y otros.
      • Venta de muebles

 

Se promueve el empleo de fórmulas contractuales de sumisión al arbitraje para la resolución de conflictos de interpretación y/o aplicación de las relaciones comerciales, habiéndose comprobado igualmente no solo un incremento del número de asuntos, sino también de la entidad económica y jurídica de los mismos.

 

Como datos estadísticos, y tal y como se hace constar en la información institucional de Consumo, el porcentaje de laudos favorables a los empresarios se sigue situando en una cifra media cercana (ligeramente inferior) al 50% de los emitidos, y de los mismos sigue desprendiéndose normalmente la necesidad de recordar a los Asociados la necesidad de cumplir con la correcta y adecuada documentación de las relaciones comerciales con los consumidores (contratos, presupuestos, etc.).

 

Como aspecto negativo, se encuentra la sensación, extendida en algunos sectores empresariales, de que las facilidad y gratuidad de los servicios de arbitraje de consumo pudiera promover en ocasiones la querulancia y uso abusivo de los mismos por los consumidores como fórmula de obtención de ventajas o beneficios en detrimento del empresario. Desde la Asesoría, se atienden y controlan los posibles casos.

Contratación con la Administración

Relacionado con esta materia, han sido frecuentes las gestiones y consultas en materias accesorias, como la del registro de subcontratación y la inscripción de empresas licitantes en los registros públicos al efecto, así como las garantías de cobro por el subcontratado y la posibilidad del ejercicio de la acción directa contra la administración en caso de impago del contratista.

 

La reciente entrada en vigor de la nueva normativa de contratación pública (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público), sigue planteando consultas en su aplicación, en especial las derivadas de los contratos de menor entidad, reflejo del nuevo criterio legal de priorización en la formación de lotes contractuales para permitir el acceso a Pymes: calificación o no de los licitantes, pliegos con exigencias técnicas o de producto determinado, problemas de valoración por el abandono del criterio del precio, etc.

 

Como en otros años se recuerda, por lo que de acceso a información de alto nivel y vía de planteamiento de consultas supone para las Asociaciones, la participación de en la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón: la Confederación lleva ya tiempo participando en este organismo, pero debe recordarse nuevamente – en especial tras las últimas novedades legislativas habidas en el tema de contratación pública – que parte de la problemática habitual de la contratación (conflictos interpretativos o de aplicación o pliegos o contratos públicos, reclamaciones o consultas) pueden tener un cauce de solución a través de la solicitud de informes o recomendaciones a la citada Junta Consultiva o, mediante el planteamiento de recursos ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón. (TAPCA – Recurso especial en materia de contratación)

 

Hablamos en su día de la constitución, el 19 de septiembre de 2017, del Foro de Contratos Públicos de la CA de Aragón, creado para complementar a la Junta Consultiva y con la intención de ejercer foro de debate y recepción de los intereses de los distintos agentes sociales y la administración en el uso de la herramienta de planificación económica que constituye la contratación pública en general. No es tanto un órgano de carácter técnico sino de comunicación e intercambio de los intereses de los agentes que participan en la contratación, todo ello en línea de la nueva legislación sobre la materia. Sin embargo, tras unas primeras reuniones en las que esta entidad participó activamente, no se ha recibido ninguna nueva citación para continuar con sus actividades.

Asociaciones

Sigue prestándose colaboración a las mismas, habiéndose reducido significativamente la línea de creación de nuevas asociaciones (consultas en tal sentido) habidas en ejercicios anteriores.

 

Véase lo que se indica en el apartado de requerimientos y campañas de la Administración.

Protección de Datos de carácter Personal

Se siguen planteado consultas al efecto, muchas veces motivadas por campañas de marketing muy agresivas llevadas a cabo por empresas dedicadas a prestar servicios en tal materia y que motivan dudas en los asociados.

 

Se insiste – tanto en el ámbito interno de la Confederación como con sus asociados – en la importancia del cumplimiento de esta normativa, con advertencia de las sanciones previstas para el caso de incumplimiento y la peligrosidad que supone el no cumplimiento de los – sencillos – trámites legales previstos.

 

Se mantienen las consultas de los Asociados sobre tal materia, en especial sobre los llamados “listados de morosidad”, habiéndose recordado en varias ocasiones las limitaciones legales para su uso, tanto por la normativa de protección de la competencia, como por la propia de datos de carácter personal.

 

La novedad este ejercicio vino marcada por la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), así como la publicación posterior de la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales que ha exigido a las empresas – en un proceso que continua en la actualidad – un necesario proceso de adaptación, con abandono del anterior sistema de registro de las bases de datos.

 

Se sigue promocionando el uso de la herramienta informática FACILITA, que se encuentra en la página web de la Agencia Española de Protección de Datos, para realizar el alta y dar cumplimiento a gran parte de las exigencias legales en tal materia para PYMES y autónomos, habiéndose realizado un elevado número de charlas, exposiciones y jornadas en asociaciones explicando el contenido de la reforma.

Supuestos de transmisión y/o sucesión de pequeñas empresas

Se siguen planteando gran número de peticiones de intervención de esta Asesoría (derivadas en ocasiones al área de la Asesoría Laboral) para supuestos de transmisión y/o sucesión de pequeñas empresas, de carácter familiar, tanto a familiares, como a empleados o terceros, con ramificaciones en los temas fiscales, laborales (sucesión de plantillas, etc). Muchas de las consultas se deben a las manifiestas dificultades de las empresas de mantener la actividad dentro de umbrales de rentabilidad admisibles, que llevan a provocar el adelantamiento de las situaciones de cierre o jubilación. Muchas de las consultas han venido motivadas, a su vez, por el cambio de la normativa laboral en materia de jubilación o prolongación de la vida laboral (jubilación activa o parcial, etc).

 

El tratamiento fiscal en Aragón de las sucesiones de empresa – en especial en supuesto de donaciones o sucesiones – ha planteado igualmente alguna consulta.

Campañas de inspección y/o requerimientos de la Administración

Además de las habituales (y anunciadas con antelación) campañas de Consumo (y de las de carácter fiscal que se detallarán en informe aparte) no has sido relevantes (en la Asesoría) consultas sobre tales materias.

Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social

Se hace referencia a esta materia – al igual que en ejercicios anteriores – por lo que de llamativo tiene la escasa repercusión en lo que a consultas o intervenciones de esta Asesoria ha tenido una norma (Ley 25/2015, de 28 de julio) de especial trascendencia en situaciones de iliquidez o insolvencia. El escaso uso de tal herramienta legal, viene pareja al descenso de situaciones de concurso

Reclamaciones entidades financieras / Cláusula suelo y otras

Se constata que las sentencias habidas en tal materia hacen más fáciles los acuerdos transaccionales con las entidades bancarias, habiéndose reducido las consultas en tal sentido.

Administración Electrónica

Durante el año 2019 (al igual que en el 2017 y 2018) se ha reiterado constantemente entre los asociados, y no únicamente entre los asociados personas jurídicas (únicos obligados de momento), la importancia de no quedar rezagados en tal materia, evitando en lo posible la llamada “brecha digital” en la relación con las Administración y con otras entidades, fomentando la obtención y uso del certificado digital (firma electrónica) como instrumento preferente de relación con la Administración. Las Leyes 39/2015, de procedimiento administrativo común y 40/2015, de régimen jurídico del sector público afecta en especial las que adoptan formas de persona jurídica, con la imposición de la forma de comunicación electrónica como única posible con las AAPP, además de otras novedades de gran calado (registro de apoderamientos, etc)

 

Son las carencias de las propias AAPP (en especial la Autonómica) dificultan el uso de la Administración Electrónica, creando normalmente situaciones de inseguridad jurídica al convivir con formas de actuación o realización de trámites “físicos” (registros, etc ) en teoría ya no autorizados

Nuevos empresarios

Ha ido en aumento – en especial desde el final de verano y prolongándose en el 2020 – las consultas de jóvenes no asociados sobre tramites y consejos para el inicio de muy diversos tipos de actividad empresarial. Las entrevistas presenciales se han complementado con el suministro de fuentes de información de las AAPP y ayudas para tales casos.

NORMATIVA

NORMATIVA ESTATAL

 

  • Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.

 

  • Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional.

 

  • Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

 

  • Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria.

 

  • Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.

 

  • Ley 3/2019, de 1 de marzo, de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer.

 

  • Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.

 

  • Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social.

 

  • Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación.

 

  • Real Decreto-ley 16/2019, de 18 de noviembre, por el que se adoptan medidas relativas a la ejecución del presupuesto de la Seguridad Social.

 

  • Real Decreto-ley 15/2019, de 8 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la organización en España de la XXV Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

 

  • Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.

 

  • Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.

 

  • Real Decreto-ley 13/2019, de 11 de octubre, por el que se regula la actualización extraordinaria de las entregas a cuenta para el año 2019 de las comunidades autónomas de régimen común y de las entidades locales, en situación de prórroga presupuestaria, y se establecen determinadas reglas relativas a la liquidación definitiva de la participación de las entidades locales en los tributos del Estado, correspondiente al año 2017.

 

  • Real Decreto 551/2019, de 24 de septiembre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.

 

  • Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

 

  • Real Decreto-ley 9/2019, de 29 de marzo, por el que se modifica la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, para su adaptación a la actividad de la estiba portuaria y se concluye la adaptación legal del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías.

 

  • Real Decreto-ley 10/2019, de 29 de marzo, por el que se prorroga para 2019 el destino del superávit de comunidades autónomas y de las entidades locales para inversiones financieramente sostenibles y se adoptan otras medidas en relación con las funciones del personal de las entidades locales con habilitación de carácter nacional.

 

  • Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

 

  • Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

 

  • Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

 

  • Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.

 

  • Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.

 

  • Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las Illes Balears.

 

  • Real Decreto-ley 3/2019, de 8 de febrero, de medidas urgentes en el ámbito de la Ciencia, la Tecnología, la Innovación y la Universidad.

 

  • Real Decreto-ley 2/2019, de 25 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

 

  • Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural.

NORMATIVA EN ARAGÓN

 

  • Ley 4/2019, de 7 de marzo, de modificación de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.

 

  • Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón.

 

  • Ley 6/2019, de 21 de marzo, de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de “Código del Derecho Foral de Aragón”, el texto refundido de las Leyes civiles aragonesas en materia de custodia.

 

  • Ley 7/2019, de 29 de marzo, de apoyo y fomento del emprendimiento y del trabajo autónomo en Aragón.

 

  • Ley 8/2019, de 29 de marzo, de creación de la Comarca Central.

 

  • Ley 9/2019, de 29 de marzo, de modificación de la Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

  • Ley 1/2019, de 7 de febrero, de modificación de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

  • Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

  • Ley 3/2019, de 21 de febrero, de modificación del Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la supresión del impuesto medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable.

 

  • Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

  • Ley 15/2018, de 22 de noviembre, sobre la tributación de la fiducia aragonesa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

 

  • Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

 

  • Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón.

 

  • Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.

 

  • DECRETO-LEY 10/2019, de 5 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la tramitación, por el procedimiento de concesión directa, de determinadas subvenciones que tenían carácter nominativo en el Presupuesto de 2018, prorrogado para el año 2019.

 

  • DECRETO-LEY 9/2019, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para el control de la población silvestre de conejo común (Oryctolagus cuniculus) en Aragón.
  • DECRETO-LEY 8/2019, de 24 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de modificación del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado mediante Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.
  • DECRETO-LEY 5/2019, de 12 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se concede un crédito extraordinario para la financiación de una convocatoria de subvenciones para realizar en Aragón proyectos empresariales relativos al desarrollo del vehículo eléctrico.

 

  • DECRETO-LEY 6/2019, de 12 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se concede un crédito extraordinario para la financiación de una subvención nominativa a favor de “Opel España, S.L.U.” para el desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo e innovación, y proyectos de eficiencia energética y medioambiental.
  • DECRETO-LEY 7/2019, de 12 de marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes en materia de transporte de viajeros mediante el arrendamiento de vehículos con conductor.
  • DECRETO-LEY 4/2019, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para la agilización de la declaración de interés general de planes y proyectos.
  • DECRETO-LEY 1/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se concede un suplemento de crédito destinado a dar cobertura al gasto en materia de elecciones autonómicas a celebrar en Aragón en el año 2019.
  • DECRETO-LEY 2/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el régimen de medidas en materia de incapacidad temporal del personal funcionario, estatutario y laboral del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • DECRETO-LEY 3/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón.